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Provincias de La Libertad en emergencia durante 45 días

EJECUTIVO EMITIÓ DECRETO SUPREMO El objetivo es reforzar la seguridad ciudadana. Doce provincias del departamento de La Libertad fueron declaradas en emergencia por el Poder Ejecutivo. La disposición regirá durante 45 dí

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Provincias de La Libertad en emergencia durante 45 días

EJECUTIVO EMITIÓ DECRETO SUPREMO

El objetivo es reforzar la seguridad ciudadana.

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Doce provincias del departamento de La Libertad fueron declaradas en emergencia por el Poder Ejecutivo. La disposición regirá durante 45 días calendario y tiene como objetivo fortalecer la seguridad ciudadana y la lucha contra el crimen.

La norma involucra a Trujillo, Pacasmayo, Chepén, Ascope, Virú, Sánchez Carrión, Pataz, Otuzco, Santiago de Chuco, Gran Chimú, Julcán y Bolívar, según el Decreto Supremo N° 107-2022-PCM, publicado en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano. Ahí se precisa que la Policía Nacional mantendrá el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas.

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Durante la vigencia del estado de emergencia quedan suspendidos los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito en el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en los incisos 9), 11), 12) y 24) literal f) del artículo 2 de la Constitución Política del Perú.

La Policía Nacional y Fuerzas Armadas intervendrán conforme el Decreto Legislativo N° 1186, que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional, y el Decreto Legislativo N° 1095, que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por las Fuerzas Armadas en el territorio nacional y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2020-DE, respectivamente.

La participación de los gobiernos locales de las provincias de Trujillo, Pacasmayo, Chepén, Ascope, Virú, Sánchez Carrión, Pataz, Otuzco, Santiago de Chuco, Gran Chimú, Julcán y Bolívar del departamento de La Libertad, se efectúa en el marco de la normatividad vigente en materia de seguridad ciudadana, recalca el dispositivo legal.

La implementación de las acciones previstas en la norma, se financia con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

RÚBRICAS

El Decreto Supremo lleva la firma del presidente de la república, Pedro Castillo Terrones; y está refrendado por el presidente del Consejo de Ministros, Aníbal Torres Vásquez; y los ministros del Interior, Willy Huerta Olivas; de Defensa, Richard Tineo Quispe; y de Justicia y Derechos Humanos, Félix Chero Medina.

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