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Congreso promulga retiro de S/4300 de la ONP

El Congreso de la República promulgó la ley que permitirá el retiro de hasta S/4300 de los aportes de los afiliados a la ONP, días después de que esta fuera aprobada por insistencia. La norma fue publicada este viernes e

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Congreso promulga retiro de S/4300 de la ONP

El Congreso de la República promulgó la ley que permitirá el retiro de hasta S/4300 de los aportes de los afiliados a la ONP, días después de que esta fuera aprobada por insistencia. La norma fue publicada este viernes en el Diario Oficial El Peruano.

La iniciativa legislativa, cuya insistencia había sido aprobada en cuatro comisiones del Congreso (Economía, Trabajo y Defensa del Consumidor y Presupuesto), tuvo 87 votos a favor, 21 votos en contra y 3 abstenciones. Sin embargo, el Poder Ejecutivo aún puede imponer una demanda de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional (TC).

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El presidente Francisco Sagasti aseguró recientemente que se tomaría esta medida: "En ese caso ya pasó por el Ejecutivo y se observó y si se pasa por insistencia, lo llevaremos al Tribunal Constitucional, que quede perfectamente claro ese tema", manifestó.

Como se recuerda, el proyecto ya había sido observado por el Poder Ejecutivo en septiembre. En ese entonces se indicó que el proyecto afectaría el presupuesto del Estado,  traería desequilibrio económico y perjudicaría a los aportantes pues atenta contra la naturaleza previsionales de los aportes.

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MEDIDAS

Con esta aprobación se establece una devolución de aportes de hasta una UIT, equivalente a S/4300, para los afiliados que continúen aportando o que hayan dejado de hacerlo.

La cantidad de dinero que se entregue a cada uno dependerá de la cantidad de aportes que registre el aportante.

Además, los afiliados que tengan más de 65 años de edad y que no hayan cumplido los 20 años de aportes para acceder a una pensión tienen derecho a la devolución de sus aportes efectuados.

El retiro de este dinero tendría condición de intangibilidad, es decir, no podrá ser descontado a menos que el aportante tenga deudas alimentarias. En ese caso, se les descontará hasta un 30 % del dinero que soliciten.

En los próximos 15 días luego de publicada la ley el Poder Ejecutivo debe implementar el procedimiento operativo para la devolución.

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